Unidas por Valdepeñas confirma la condena del Tribunal Supremo al alcalde de la localidad por vulneración de derechos de los concejales

Los concejales del grupo municipal Unidas por Valdepeñas, David Casado y Alberto Parrilla, han indicado que el Tribunal Supremo ha condenado en firme al alcalde de Valdepeñas, Jesús Martín, por vulneración de derechos de los concejales.

En rueda de prensa los concejales de Unidas por Valdepeñas han significado que la condena llega después de que en febrero de 2024 el primer edil no incluyera en el orden del día del Pleno una moción sobre protección del arbolado presentada por este grupo municipal, un hecho que según denuncian se había producido en otras ocasiones, y no se pudieron debatir sus mociones sobre tierras raras y emergencia climática.

Según han indicado la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, indica que todos los concejales pueden participar en el Pleno y llevar mociones, ruegos o preguntas y que el alcalde puede decidir el orden del día del Pleno, pero no impedir que la oposición presente mociones.

En este sentido, han recordado que una de esas sentencias fue recurrida por el Ayuntamiento y el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha les dio la razón, pero en este caso Unidas por Valdepeñas decidió presentar recurso ante el Tribunal Supremo, basándose en el Reglamento de Organización Municipal que garantiza que los concejales pueden presentar mociones al Pleno, y el Supremo les ha dado la razón.

«Lo más importante de esta sentencia es que deja claro que ningún alcalde de ningún pueblo de España puede impedir que un concejal pueda presentar una moción en tiempo y forma al Pleno», según Casado, quien ha añadido que «aunque el Pleno sea el máximo órgano de representación, no puede ser secuestrado por el alcalde porque todos somos representantes de vecinos y no se puede prohibir que presentemos mociones».

La principal consecuencia de la sentencia es que en el próximo Pleno el alcalde deberá incluir la moción sobre protección del arbolado que en febrero de 2024 no se incluyó y el Ayuntamiento deberá pagar las costas judiciales.

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