La portavoz del Partido Popular de Manzanares, Rebeca Sánchez-Maroto, ha comparecido ante los medios de comunicación, acompañada por la Secretaría General provincial, Sonia González, para poner en conocimiento de todos los manzanareños, los graves hechos ocurridos en el Ayuntamiento.
Sánchez-Maroto manifestó que, “por primera vez , el Tribunal Superior de Justicia de Castilla La-Mancha, ha declarado NULO un proceso selectivo organizado por el equipo de gobierno socialista”. Un concurso de oposición, que se puso en marcha a finales de 2018 para cubrir dos plazas de CUIDADORES del Centro Ocupacional de Manzanares y en el que se exigía el título de Formación Profesional de Técnico en Grado Medio o equivalente.
El alcalde de Manzanares, Julián Nieva, nombró miembro del Tribunal examinador, a una limpiadora, un auxiliar de medios de comunicación y a un administrativo. Este nombramiento, ocasionó que uno de los aspirantes, con anterioridad a que se celebrasen las pruebas, presentara un escrito en el Ayuntamiento, advirtiendo al Sr. alcalde de la ilegalidad de la composición del tribunal dado que estos miembros no contaban con conocimientos suficientes para valorar y corregir los exámenes.
Sánchez-Maroto ha indicado que la aspirante conllevó al Juzgado de lo Contencioso Administrativo a declarar NULO dicho proceso por haber nombrado el Sr. Julián Nieva un tribunal que no cumplía con la Ley a pesar de haber sido advertido sobre ello, “una vez más, se pone en tela de juicio la transparencia que realiza el Sr. Nieva de las contrataciones en el ayuntamiento”.
Por otro lado, además de declarar NULO TODO EL PROCESO SELECTIVO, se condeno en costas al ayuntamiento y no conforme con la sentencia, el Sr. Nieva decidió apelar ante el TSJCLM, lo que generó un nuevo gasto de abogados y procuradores, “gasto que no sale de su bolsillo, lo pagamos todos los vecinos con nuestros impuestos”, manifestó Sánchez-Maroto.
Además, Sánchez-Maroto dio a conocer la sentencia de este tribunal que hace tan solo unos días volvió a condenar al Sr. Nieva. Por segunda vez, se vuelve a declarar NULO el procedimiento en el que la sentencia expresa: “las pruebas de carácter práctico que se realizaron en esa oposición difícilmente pueden ser debidamente evaluadas por quienes carecen de titulaciones relacionadas con el puesto de trabajo a cubrir y ocupaciones habituales que nada tienen que ver con el mismo”.






