El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha refrendado la sentencia dictada, en abril de 2011, por el Juzgado de lo Social de Ciudad Real favorable a que los profesores de religión que prestan sus servicios en la Consejería de Educación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha tengan elecciones sindicales específicas y, por consiguiente, cuenten con órgano de representación propio.
El letrado de CSIF Ciudad Real, Juan de Dios Martínez, ha recordado que la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI·F) decidió interponer la demanda cuando, tras presentar preaviso de elecciones sindicales exclusivamente para el colectivo de profesores de religión, la delegación provincial de Educación le comunicó que no se iba a proceder a la constitución de la Mesa Electoral.
De igual manera, ha manifestado que este colectivo está expresamente excluido del VI Convenio Colectivo del personal laboral de la JCCM, lo que animó al sindicato independiente a acudir a los tribunales en defensa de los intereses de más de 200 profesores de religión que hay en la provincia de Ciudad Real.
Además, ha subrayado que desde esta central sindical siempre han entendido que los profesores de religión tienen los mismos derechos que cualquier otro empleado con contrato laboral y que, por tanto, deben constituir un órgano de representación con competencia para negociar y acordar sus condiciones laborales.
Ya en su momento el Juzgado de lo Social dio la razón a CSIF y ahora lo hace el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha refrendando una sentencia que no es firme ya que, tal y como indicó Martín, la administración regional puede presentar, en el plazo de diez días, un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.





