El gobierno regional crea una tarjeta sanitaria para los emigrantes irregulares que haya en la región

El gobierno de Castilla La Mancha ha creado una tarjeta sanitaria para los emigrantes que se encuentren en la región de forma irregular y puedan así recibir la misma atención que cualquier otro castellano-manchego, según la Orden de la Consejería de Sanidad que este lunes publica el Diario Oficial de acceso universal a la atención sanitaria en nuestra Comunidad Autónoma.

 

La nueva Orden persigue «reducir e intentar eliminar las desigualdades en que puedan encontrarse las personas residentes en Castilla-La Mancha, proporcionando a este sector de la población especialmente vulnerable una atención sanitaria pública, gratuita y de calidad en las mismas condiciones que al resto de los castellano-manchegos, recuperando así la universalización de la asistencia sanitaria».

De esta forma, a partir de ahora se extiende la cobertura de asistencia sanitaria pública a cargo del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) a las personas extranjeras que residan irregularmente en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Para ello se crea la Tarjeta para la atención sanitaria de la población inmigrante en situación irregular en Castilla-La Mancha.

Por lo tanto, tendrán derecho a la asistencia sanitaria pública y gratuita a cargo del Sescam los extranjeros residentes en CastillaLa Mancha que sean mayores de 18 años, que no se encuentren registrados ni autorizados a residir en España, que estén empadronados con residencia efectiva en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, que carezcan de recursos económicos suficientes y que no tengan reconocida la condición de beneficiario/asegurado por cualquier Administración Pública.

Los extranjeros no registrados ni autorizados como residentes en España recibirán asistencia sanitaria de urgencia por enfermedad grave o accidente, cualquiera que sea su causa, hasta la situación de alta médica; y de asistencia al embarazo, parto y postparto. En todo caso, los extranjeros menores de dieciocho años recibirán asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los españoles.

Este derecho no podrá hacerse extensivo al resto del Estado Español, salvo en los casos que, para la adecuada atención, sea preciso la derivación por el Sescam a un centro, servicio o unidad de referencia del Sistema Nacional de Salud o no se disponga en la Comunidad Autónoma del procedimiento, técnica o tecnología necesaria.

Para prestar la adecuada atención sanitaria a estos colectivos se crea la Tarjeta para la Atención Sanitaria en el Sescam, que únicamente tendrá validez dentro del ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma.

Además, la aportación en la prestación farmacéutica ambulatoria de estos usuarios será del 40% para las personas menores de 65 años y del 10% para los mayores de 65 años, con el límite mensual mínimo establecido por la legislación vigente para este último supuesto. Esta cantidad será del 10% en el caso de medicamentos sometidos a aportación reducida, con el máximo por envase que sea aplicable.

 

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